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Instrumentos de acción / Coordinación del Gasto Público en las Regiones
MANUAL DE PROCESOS Y DIAGRAMAS DEL PROPIR. (Enero 2006).
[10/01/06] La Coordinación Regional de Inversiones debe elaborar un documento que contemple todos los gastos que se realizaran en el año vigente.

El Programa de Gobierno del Presidente Lagos incluyó avanzar en la coordinación de la inversión pública en regiones, esto se viabilizó, primeramente mediante D.S. Nº3.876 de 2000, en el que le entregó al Ministro del Interior "la labor de coordinación de los Secretarios de Estado en todo lo relacionado con acciones y decisiones en materia de inversión pública regional ...".

Posteriormente, el Parlamento aprobó modificaciones a la ley orgánica constitucional de Gobierno y Administración Regional (LOCGAR), y con su posterior publicación a través de la Ley Nº20.035, la que señala en su artículo 72, lo relativo al Programa Público de Inversiones en la Región (PROPIR).

Dicha labor es realizada en cada región por los Intendentes, quienes, además, deben ejercer las facultades de coordinación de los servicios públicos y ministerios que le otorgan los incisos j) y o) del artículo 2º como lo dispuesto en el inciso l) del artículo 24, ambos de la LOCGAR Nº19.175, para mejor gobierno y administración regional.

Para lo anterior, se instruyó a los Intendentes Regionales designar un equipo técnico para liderar las actividades de enlaces con la institucionalidad regional y nacional, a cargo de un Secretario Técnico de Coordinación Regional de Inversiones.

AÑO 2006.

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