EL PROCESO DE LA COORDINACIÓN REGIONAL DEL GASTO PÚBLICO

El Decreto Nº 3876 radicó en el Ministro del Interior la coordinación de los Secretarios de Estado en todo lo relacionado con la inversión pública en regiones.

Asimismo, la Ley Orgánica Constitucional de Gobierno y Administración Regional Nº 19.175, establece que el intendente, con la participación de representantes del consejo regional, de los secretarios regionales ministeriales y los directores regionales de los servicios públicos, elaborará el Anteproyecto Regional de Inversión y Gasto (ARI), correspondiente al año siguiente. El ARI es una estimación financiera de las iniciativas (programas, proyectos, estudios u cualquier otra acción específica) que han de realizar las instituciones públicas para llevar a cabo sus objetivos institucionales. Una vez elaborado el ARI, éste será enviado al nivel central a objeto que sea considerado al momento de la formulación de los proyectos de presupuesto de las instituciones que se encuentran contempladas en la Ley de Presupuestos del Sector Público.

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En caso de existir diferencias entre las aspiraciones del Intendente y Secretario Técnico de la Coordinación Regional del Gasto Público y algún ministerio respecto de las iniciativas incluidas en el ARI, éstas deberán ser resueltas antes o durante la discusión presupuestaria convocada por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda (DIPRES) que es apoyada por la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo (SUBDERE).

Asimismo, los ministerios a través de los secretarios regionales ministeriales y dentro de los sesenta días siguientes a la publicación de la Ley de Presupuestos del Sector Público, deberán informar a los gobiernos regionales, así como a senadores y diputados de la respectiva región, la inversión y programas de gastos que realizarán durante el año, desglosada por iniciativa, unidad territorial donde se desarrollará, monto de recursos comprometidos, beneficiarios y resultados esperados. El gasto público a efectuarse en la región, tanto sectorial como del gobierno regional, deberá ser sistematizada en el Programa Público de Inversión y Gasto en la Región (PROPIR), y difundida a la comunidad, dentro del primer trimestre del año presupuestario.

COORDINACIÓN NACIONAL DEL GASTO PÚBLICO.
COORDINACIÓN NACIONAL DEL GASTO PÚBLICO.

UNIDAD DE COORDINACIÓN REGIONAL DEL GASTO PÚBLICO.
ABRIL 2010.

Fecha edición: 
Miércoles, Septiembre 14, 2011