Comisión de Medio Ambiente de la Cámara continuó estudio del proyecto de ley que regula residencia, permanencia y traslado hacia y desde Isla de Pascua

Con la presencia del subsecretario de Desarrollo Regional, Ricardo Cifuentes, y del jefe de la División de Desarrollo Regional de la SUBDERE, Rodrigo Suazo, la Comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados continuó la votación en particular del proyecto de ley que regula el ejercicio de los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde el territorio especial de Isla de Pascua.

La iniciativa –que tiene carácter de suma urgencia y se encuentra en su primer trámite constitucional- obedece a un compromiso presidencial y tiene por finalidad regular lo dispuesto en inciso segundo del artículo 126 bis, de la Constitución Política de la República, el que haciendo referencia a los territorios especiales de Isla de Pascua y Juan Fernández, establece que “los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde cualquier lugar de la República, garantizados en el numeral 7º del artículo 19, se ejercerán en dichos territorios en la forma que determinen las leyes especiales que regulen su ejercicio, las que deberán ser de quórum calificado”.

El proyecto en discusión solo aborda la situación de Isla de Pascua y las restricciones que plantea en cuanto a la permanencia, residencia y traslado de personas en ella, encuentran su justificación en las particularidades y dificultades propias de la vida en el territorio insular, y en la necesidad de resguardar y preservar ese ecosistema especial y delicado.

Los diputados de la Comisión de Medio Ambiente se volverán a reunir en marzo próximo una vez que los parlamentarios regresen de su período de vacaciones.

El texto del proyecto en trámite señala que toda persona tendrá el derecho a ingresar y permanecer en la isla por un plazo máximo de 30 días, prorrogable bajo ciertas condiciones. La excepción estará dada para personas que cumplan con requisitos especiales, por ejemplo: por el ejercicio de alguna actividad económica, por una relación familiar, por vínculos laborales o por el ejercicio de alguna función pública con órganos del Estado.

En cuanto a los requisitos exigidos para ingresar a Isla de Pascua, las personas deberán contar con una cédula de identidad, pasaporte u otro documento idóneo de viaje; un billete de pasaje de ida y de regreso; un documento que acredite el lugar de alojamiento turístico o carta de invitación de alguna de las personas que residen en la isla.

Quienes tienen domicilio en la isla con anterioridad al 24 de enero de 2016, tendrán un plazo de seis meses, desde la entrada en vigencia de la ley, para dar cumplimiento a aquellos requisitos establecidos en la iniciativa.

Fecha: 
Martes, 24 Enero 2017