División Municipalidades

Objetivo:

Impulsar cambios en el actual sistema municipal, buscando mejorar las atribuciones, competencias y recursos de las municipalidades para cumplir a cabalidad su rol como prestadores de servicios de excelencia a la ciudadanía.

Funciones:

  1. Fomentar y proponer normas, acciones y medidas en relación con la ejecución de los programas de desarrollo local.
  2. Velar por la aplicación de los programas que se establezcan para impulsar el desarrollo local.
  3. Gestionar programas de fortalecimiento y acreditación de los municipios, además de todos aquellos programas relacionados con el desarrollo.
  4. Administrar fondos y programas de desarrollo local.
  5. Ser contraparte en los convenios referidos a recursos para el desarrollo local que se celebren con instituciones nacionales o internacionales.
  6. Efectuar las propuestas que correspondan para la elaboración de los presupuestos de inversión local, identificar las asignaciones de inversión del mismo presupuesto y realizar su evaluación.
  7. Coordinar la aplicación de las políticas, planes y programas de desarrollo local que en sus diferentes esferas de competencia realizan las Subsecretarías, Servicios Públicos y Organismos del Estado, especialmente en materias financieras, presupuestarias y contables de la inversión municipal.
  8. Estudiar y formular proyectos tendientes al desarrollo de municipios.
  9. Diseñar, Implementar y hacer seguimiento a instrumentos que fortalezcan las capacidades institucionales, políticas y de gestión de los Gobiernos Locales, para que éstos puedan cumplir adecuadamente su misión, disminuyendo la brecha de desigualdad entre los municipios en favor de la equidad territorial.
  10. Facilitar la coordinación de los servicios públicos con los municipios y entre éstos.
  11. Determinar la distribución del Fondo Común Municipal (FCM) y de los demás recursos que determine la ley.
  12. Administrar el Sistema Nacional de Información Municipal (SINIM).
  13. Apoyar la gestión territorial de los municipios mediante programas de inversión.
  14. Llevar el Registro de las Asociaciones Municipalidades.